aviso para Registros Oficiales

a partir del 1 de octubre de 2002, cualquier persona que prepare o presente un documento para su registro en los Registros Oficiales no podrá incluir un número de seguro social en dicho documento, a menos que lo requiera la ley.,

cualquier persona tiene el derecho de solicitar a un registrador del condado que elimine, de una imagen o copia de un registro oficial colocado en el sitio web de Internet disponible públicamente de un registrador del condado o en un sitio web de Internet disponible públicamente utilizado por un registrador del condado para mostrar registros públicos o de otra manera hecho disponible electrónicamente al público en general, cualquier número de Seguro social contenido en un registro oficial. Dicha solicitud debe hacerse por escrito y entregarse por correo, fax o transmisión electrónica, o entregarse en persona al registrador del condado., La solicitud debe especificar el número de Página de identificación que contiene el número de seguro social a ser redactado. No se puede cobrar una tarifa por la redacción de un número de Seguro social de conformidad con dicha solicitud.

aviso para registros de la Corte

«cualquier persona que prepare o presente un documento de la corte no debe incluir un número de seguro social o un número completo de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito en dicho documento, a menos que lo exija la ley o la regla de la corte, o sea necesario para la adjudicación del caso.,

cualquier persona tiene derecho a solicitar que el Secretario del Tribunal de circuito elimine de una imagen o copia de un documento judicial un número de seguro social o complete el número de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito contenido en un documento judicial. Dicha solicitud debe hacerse por escrito y entregarse por correo, fax, transmisión electrónica o en persona al Secretario del Tribunal de circuito. La solicitud debe especificar el número de caso, el título del documento y el número de Página de identificación del documento que contiene el número que debe ser redactado., No se cobrará un cargo por la redacción de un número de seguro social o un número completo de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito de conformidad con dicha solicitud.»

Aviso de correo electrónico: se requiere que esté en los sitios web de Clerk.

bajo la Ley de Florida, las direcciones de correo electrónico son registros públicos. Si no desea que su dirección de correo electrónico sea divulgada en respuesta a una solicitud de Registros Públicos, no envíe correo electrónico a esta entidad. En su lugar, póngase en contacto con esta oficina por teléfono o por escrito.,

si bien la ley solo requiere que el aviso se publique en el sitio web público, algunas oficinas también lo han publicado como nota de pie de Página estándar en los correos electrónicos.